Documento equivalente para no obligados a Facturar

La nueva regulación india que para soportar costos y gastos por compras a los no obligados a facturar, debe elaborarse por el adquirente (COMPRADOR) un documento soporte con numeración autorizada por la Dian, según el artículo 1.6.1.4.12 del DUT 1625 de 2016 y el Artículo 55 de la Resolución Dian 000042 del 5 de Mayo de 2020. 

 

El trámite de la numeración consecutiva, rango y vigencia de la autorización se podrá realizar a partir del 15 de agosto de 2020.

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